Muchas veces nos han preguntado estas últimas semanas acerca de si las instituciones tenían la obligación de exponer públicamente la rehabilitación del Parque de la Alameda de Capuchinos de Jaén (año 1577). Este parque se quiso inscribir en 2011 como Bien de Interés Cultural (BIC) Jardín Histórico, siendo finalmente su figura de protección la de Bien de Catalogación General (BCG), bastante menos restrictiva que la de BIC, y encontrándose actualmente inscrito dentro del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Hemos estado investigando y preguntando a varios de nuestros compañeros** y en resumen, os podemos decir que no es preceptiva la exposición pública en las obras sobre BIC, y menos aún los de catalogación general. Simplemente tienen la obligación de presentar el proyecto a Cultura (quién deberá aprobarlo) y permitir la inspección de obras por parte de la Consejería. Tan sólo si fuera el suelo no urbanizable tendría un plazo de exposición pública.
La obligación de exposición sólo afecta a los instrumentos urbanísticos (como son el PGOU o Planes Especiales, por ejemplo). Así que sólo en el caso de que la rehabilitación del Jardín conllevase un Plan Especial se podría exigir la exposición pública según lo estipulado por el artículo 39. Información pública y participación de la LOUA 2012 (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía), que no sólo habla de la obligación de informar sino además de promover y hacer efectiva la participación ciudadana (artículo 6. La participación ciudadana).
Esperamos que esta información os sirva de ayuda.
** Gracias sobre todo a Blanca del Espino y Teresa Morillo por darnos la info clave.